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    El Departamento de Inversiones tiene como objetivo de regular las funciones, obligaciones y relaciones de las diferentes entidades que intervienen en el Proceso de Ejecución de Obras, así como establecer la documentación básica, que se deberá cumplimentar en función de garantizar los objetivos del Plan de Ejecución de nuevas viviendas y controla la Inversión para conocer el avance físico de las obras y el uso adecuado de los recursos materiales y financieros asignados a la misma.

    1. Elabora el Acta de Inicio que es el documento legal que oficializa la fecha en que comienza la ejecución de la obra, donde se hace constar además que la obra a iniciar cuenta con toda la documentación técnica requerida (por etapas o general) así como la ratificación legal de las partes, Inversionista y Constructor, que intervendrán el desarrollo del proceso constructivo.
    2. Realiza conjuntamente con el constructor los plazos en el cronograma de ejecución que es una herramienta imprescindible ya que todo chequeo o control debe basarse en este documento.
    3. Para controlar el cumplimiento del Cronograma de Ejecución, se revisara por el técnico el avance y los posibles atrasos con sus causas, pudiendo actualizarse este según acuerdo de las partes. Es responsabilidad del técnico de inversiones exigir el cumplimiento del cronograma pactado en el proceso de contratación.
    4. Realiza el libro de las obras que se define como el documento oficial que lleva el constructor a pie de obra, abierto con el inicio de la etapa ejecutiva de la inversión, mediante acta inscrita en su folio primero, en el cual se hacen diariamente anotaciones sobre la marcha de los trabajos y se consignan específicamente las observaciones o discrepancias de las personas con acceso al mismo.
    5. En las viviendas dispersas, abrir libros de obras por zonas o Consejos Populares donde sea atendido por un técnico de la inversión en específico, garantizando que este documento se encuentre en la facilidad temporal que se utiliza como oficina base por el organismo constructor.
    6. Es obligatorio que cada una de las partes implicadas registre periódicamente los hechos relacionados con la ejecución, la calidad, el cumplimiento del proyecto, las pruebas de calidad, cumplimiento del cronograma de ejecución y causas de sus desviaciones, etc., debidamente firmados y fechados.
    7. El control técnico se realiza a través de la Inspección Técnica a la obra de forma permanente u ocasional según las necesidades de la obra, por parte del Inversionista o Inspector Técnico. Es un conjunto de actividades que se desarrollan con el objetivo de garantizar el cumplimiento de todo lo especificado en la documentación en general, por tanto este control estará presente en el control de la calidad.
    8. Para lograr un eficiente control técnico es necesario intensificar la inspección técnica a las obras, en cada etapa, donde se exija que se cumplan las dosificaciones, requerimientos técnicos, etc., así como la exigencia por el cumplimiento del cronograma de ejecución el cual permitirá al técnico efectuar la inspección en las actividades fundamentales donde se deje constancia por el inversionista se acepta o no el trabajo ejecutado.
    9. Durante la inspección técnica debe dejarse constancia de la calidad de los trabajos y si es aceptado o no por el técnico de inversiones.
    10. Se controlará la ejecución de los trabajos y su concordancia con las certificaciones a firmar. El constructor está obligado a facilitar el acceso a toda la información y lugares de la obra necesarios para el desempeño de la inspección técnica.
    11. Terminada la obra se tendrán en cuenta las calificaciones por etapa constructiva para la Evaluación Final para evitar que en la etapa de terminación avanzada se señalen errores cuando posiblemente no exista solución.
    12. “Para los trabajos de construcción y montaje el presupuesto del proyecto ejecutivo constituirá la base obligatoria para la facturación, que deberá estar acompañada en todos los casos por las certificaciones que lo justifiquen.
    13. Es recomendable que se certifique por etapas pactadas, lo cual debe quedar pactado en el contrato al igual que la responsabilidad del constructor en cuanto a la calidad de los trabajos ejecutados.
    14. El proyectista por medio del control de autor, garantiza el respeto a las exigencias del inversionista expresadas en la documentación de proyecto.

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    La Subdirección es el órgano rector con autoridad funcional para todos los niveles de la estructura de la entidad, responde por el conjunto de funciones vinculadas con una o varias especialidades o actividades, propone las políticas relacionadas con sus funciones, controlando su cumplimiento una vez aprobadas. Su composición en personal es menor que la dirección.

    1.  Brindar asesoramiento jurídico en la actividad de la vivienda y en otras materias o asuntos legales relacionados con el funcionamiento del área, de la entidad y del Sistema en general.
    2. Sustanciar los procedimientos de competencia de la Dirección Municipal de la Vivienda, conforme a la Ley General de la Vivienda y demás normas complementarias y proponer las Resoluciones que en cada caso firmará el Director Municipal de la Vivienda.
    3. Controlar la aplicación de los procedimientos legales establecidos en los procesos que se sustancian y resuelven, en la Dirección Municipal de la Vivienda, conforme a la Ley General de la Vivienda y demás normas complementarias y sobre aquellos que considere asumir excepcionalmente la Dirección Provincial de la Vivienda.
    4. Controlar y orientar metodológicamente la actividad jurídica que desarrolla en la Dirección Municipal de la vivienda.
    5. Dictaminar jurídicamente sobre los asuntos sometidos a su consideración.
    6. Apoyar y orientar metodológicamente el trabajo del Departamento de Atención a la Población, del departamento de Inspección y del departamento de Enfrentamiento y controlar el trabajo que en tal sentido realiza la especialista designada al efecto.
    7. Controlar y comprobar el trabajo de los Inspectores eventuales designados en el departamento jurídico en apoyo al trabajo del Departamento de Inspección Integral.
    8. Conciliar y despachar con las áreas especializadas, los asuntos pendientes de solución detectados en las visitas de control. Enviando un resumen de las principales deficiencias señaladas en la visita para que se conozcan y se tomen las diligencias para su solución.
    9. Dictar, revisar, ratifica o disponer la revisión de las propuestas de las Resoluciones que en cada caso firmará el Director Provincial de la Vivienda.
    10. Garantizar que las consultas se respondan en término.
    11. Adoptar previo análisis colegiado decisiones sobre la actividad jurídica y la utilización de los recursos materiales y humanos de la actividad que dirige.
    12. Controlar y orientar el trabajo referido al cumplimiento del Acuerdo 4799 del CECM a nivel provincial.
    13. Controlar y orientar el trabajo de los especialistas que se le subordinan en las Comisiones creadas por la entidad y por los órganos administrativos, en lo que compete a la actividad jurídica.
    14. Colaborar con las restantes áreas del Sistema en el cumplimiento de los objetivos de trabajo propios y de esas áreas, en lo que le corresponde.
    15. Controlar y brindar a las restantes áreas de la Dirección Municipal y a sus superiores la información referida a las funciones que realiza.
    16. Controlar y conciliar el trabajo del Departamento con los órganos y organismos externos, Tribunales, Fiscalía, Bufetes Colectivos, Dirección Provincial de Justicia, Poder Popular, elaborando en su caso los Convenios de Colaboración necesarios y emitiendo las informaciones que se soliciten.
    17. Atender y orientar a visitantes o por vía telefónica, evacuar consultas relacionadas con sus funciones
    18. Presidir el Grupo Municipal de Trámites y colaborar con la Dirección, en el control, supervisión y orientación metodológica del trabajo de las Oficinas de Trámites del Sistema de la Vivienda.
    19. Adoptar previo análisis colegiado las decisiones más importantes sobre la actividad jurídica y la utilización de los recursos materiales y humanos de la actividad que dirige.
    20. Representar a la entidad en los casos que le corresponda o se indiquen por la Dirección de la entidad.
    21. Instrumentar, ejecutar o en su caso controlar la ejecución, en lo que le compete, de las decisiones del Órgano Colectivo de Dirección y de los Órganos u Organismos Superiores y de la política aprobada por el estado.
    22. Comprobar y estudiar las informaciones que se brindan de los niveles inferiores de la subordinación y elabora análisis generales de las mismas y propuestas de soluciones de los problemas para someter a la consideración de los órganos de dirección.
    23. Participar como miembro en el Grupo de Trabajo de la Resolución 297/03, por el área jurídica.
    24. Participar como miembro permanente en el Grupo Municipal de Enfrentamiento a las ilegalidades e incidir por alcanzar un efectivo funcionamiento de los Grupos Municipales del CAM.
    25. Asesorar metodológicamente al Grupo Municipal de Enfrentamiento y a todas las áreas del sistema de la vivienda en relación con su esfera de competencia.
    26. Operar equipos mecánicos e informáticos para auxiliarse en el trabajo.
    27. Analizar y clasificar los asuntos de acuerdo con sus características y proponer, según su complejidad, el nivel de atención que le corresponde.
    28. Evaluar los asuntos puestos a su consideración con los factores implicados y atender o responder al interesado, lo que ejecuta personalmente, por escrito o por intermedio de otros funcionarios del órgano u organismo.
    29. Controlar, analizar y brindar informaciones de las principales tendencias a partir del criterio interesado.
    30. Realizar estudios estadísticos y alertar sobre planteamientos y problemas que posean mayor incidencias.
    31. Asesorar metodológicamente a las áreas jurídicas y a todas las áreas del sistema de la vivienda en relación con su esfera de competencia.
    32. Ejercer como inspector eventual en relación con la actividad y en las restantes entidades del sistema.
    33. Preparar con los datos estadísticos, el análisis de los resultados de la Emulación y del cumplimiento de los objetivos de trabajo.
    34. Controlar la calidad y exactitud de los datos estadísticos que recibe.
    35. Preparar con la información recopilada el proyecto de informe para el Consejo de Dirección y cualquier otra información que se le indique.
    36. Participar en los Consejo de Dirección y presenta un informe donde se realiza una valoración del trabajo del departamento.
    37. Controlar y chequear todo el trabajo del departamento.
    38. Responder porque los trámites jurídicos de cualquier naturaleza sean solucionados dentro del término que establece la Ley.
    39. Controlar la calidad de las respuestas y el cumplimiento de los términos en los casos de quejas publicadas en los medios de prensa, cumpliendo el procedimiento establecido para la tramitación de las mismas.
    40. Conciliar con los diferentes organismos PPM, PCC municipal, las respuestas de los casos tramitados y los que se encuentran pendientes de respuestas.
    41. Evaluar desempeño laboral de los funcionarios bajo su responsabilidad.
    42. Preparar a la reserva y a los nuevos funcionarios que ingresan a trabajar en el Departamento.
    43. Controlar la información estadística de las DMV, realizar la información de la DPV, conformar la estadística de Atención a la Población de la Provincia y enviarla al INV, por intermedio del Dpto. de Control de Fondo.
    44. Velar por la seguridad del Departamento, así como de los expedientes radicados.
    45. Confeccionar y mantener actualizado el compendio normativo de la actividad que desarrolla.
    46. Conciliar con los trabajadores y aprobar, previa consulta con la Dirección de la entidad, el Plan de vacaciones de los trabajadores que se le subordinan.

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    Brinda un servicio de atención y escucha, orientación, consulta, guía y dirección de la población sobre la política del Sistema de la Vivienda, sus leyes, mecanismos, normativas establecidas, en aras de satisfacer a la población ciudadana que acude a nuestras oficinas por diversas razones.

    1. Garantizar la eficiencia del mecanismo para monitorear las opiniones de la población respecto al sistema de la vivienda en todos sus niveles para ello se procederá a:
    2. Chequear y controlar que no exista limitaciones de horarios y días para la atención a la población y garantizar el estricto cumplimiento de los horarios extendidos los martes y jueves de 5.00 p.m. a 7.00 p.m. y sábados no laborables.
    3. Exigir que los cuadros y dirigentes brinden su atención en el día establecido (lunes de cada semana), sin que esta tarea sea afectada por nada.
    4. Perfeccionar la calidad y agilidad de las respuestas que se le ofrecen a la población garantizando las mismas agoten el fondo del asunto planteado.
    5. Responder el 100% de las quejas y denuncias de la población en el término establecido.
    6. Implementar el mecanismo de monitoreo de las opiniones de la población al 20% de las personas atendidas en el sistema.

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    El Departamento de Control inmoviliario y Renta brinda los servicios de:

    1. Asesorar metodológicamente en la aplicación de la legislación vigente para el Control del fondo Inmobiliario y la Renta, así como en el cumplimiento de las Resoluciones emitidas por la Dirección Provincial y las Municipales de la Vivienda, como resultado te las aplicaciones de la Ley y sus normas complementarias.
    2. Supervisar la confección de los registros establecidos para el control de los inmuebles disponibles por origen y destino, el cumplimiento del procedimiento de su entrega, la distribución según Reglamento aprobado para el territorio, los cálculos de valoración de los inmuebles por los procedimientos existentes.
    3. Supervisar la confección de los Expedientes de nueva entrega de inmuebles y de la documentación establecida para ello, observando la calidad de la misma
    4. Elaborar a partir de la información recibida de las características fundamentales del Fondo Inmobiliario, conforme a los modelos del Sistema de Información Estadístico de Control y otros, el balance de satisfacción de la demanda de viviendas, el déficit habitacional existente, proponer a partir de lo anterior, alternativas de solución a considerarse en los planes económicos para cada uno de los asentamientos, según la política establecida.
    5. Controlar y procesar la información estadística recibida en los modelos del SIEC de los territorios y áreas del Sistema.
    6. Realizar series históricas de los indicadores estadísticos fundamentales.
    7. Orientar, proponer y participar en la elaboración del presupuesto de ingresos por concepto de la vivienda, en las diferentes etapas de elaboración del Plan, controlar su ejecución y cumplimiento.
    8. Realizar las conciliaciones bancarias, conocer la correcta clasificación de ingresos, el número total de contratos de compraventa o arrendatarios, con el banco, no firmados en los plazos establecidos, los impagos existentes y el monto total.
    9. Supervisar los trámites que se realizan para la ejecución de los pagos por compra de viviendas a la población, pagos a los legítimos herederos, pagos indebidos y el monto de los mismos.
    10. Supervisar el adecuado funcionamiento, control y organización del archivo de Expedientes Básicos.
    11. Aplicar los elementos básicos de computación que le permiten realizar trabajos vinculados con el control del Fondo Inmobiliario y de la Renta.
    12. Desarrollar seminarios, conferencias y cursos de capacitación al personal subordinado en los territorios.
    13. Evaluar los asuntos puestos a su consideración con los factores implicados y atender o responder al interesado, lo que ejecuta personalmente.
    14. Controlar, analizar y brindar informaciones de las principales tendencias a partir del criterio del interesado.
    15. Realizar estudios estadísticos y alertar sobre planteamientos y problemas que posean mayor incidencias.
    16. Preparar con los datos estadísticos, el análisis de los resultados de la   Emulación y del cumplimiento de los objetivos de trabajo.
    17. Controlar la calidad y exactitud de los datos estadísticos que recibe.
    18. Preparar con los datos captados, la caracterización de los municipios.
    19. Preparar con la información recopilada el proyecto de informe para el Consejo de Dirección y cualquier otra información que se le indique.
    20. Participar en los Consejo de Dirección y presenta un informe donde se realiza una valoración del trabajo del departamento.
    21. Asesorar metodológicamente a las áreas de control del fondo inmobiliario y renta y a todas las áreas del sistema de la vivienda en relación con su esfera de competencia.
    22. Ejercer como inspector eventual en relación con la actividad y en las restantes entidades del sistema.
    23. Conciliar y despachar con las áreas especializadas, los asuntos pendientes de solución detectados en las visitas de control. Enviando un resumen de las principales deficiencias señaladas en la visita para que se conozcan y se tomen las diligencias para su solución.
    24. Controlar y chequear todo el trabajo del departamento.
    25. Evaluar desempeño laboral de los funcionarios bajo su responsabilidad.
    26. Preparar a la reserva y a los nuevos funcionarios que ingresan a trabajar en el Departamento.
    27. Controlar la información estadística de las DMV, realizar la información de la DPV, conformar la estadística de la Provincia y enviarla al INV,
    28. Confeccionar y mantener actualizado el compendio normativo de la actividad que desarrolla.

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    Brinda un servicio de atención y escucha, orientación, consulta, guía y dirección de la población sobre la política del Sistema de la Vivienda, sus leyes, mecanismos, normativas establecidas, en aras de satisfacer a la población ciudadana que acude a nuestras oficinas por diversas razones.

    1. Garantizar la eficiencia del mecanismo para monitorear las opiniones de la población respecto al sistema de la vivienda en todos sus niveles para ello se procederá a:
    2. Chequear y controlar que no exista limitaciones de horarios y días para la atención a la población y garantizar el estricto cumplimiento de los horarios extendidos los martes y jueves de 5.00 p.m. a 7.00 p.m. y sábados no laborables.
    3. Exigir que los cuadros y dirigentes brinden su atención en el día establecido (lunes de cada semana), sin que esta tarea sea afectada por nada.
    4. Perfeccionar la calidad y agilidad de las respuestas que se le ofrecen a la población garantizando las mismas agoten el fondo del asunto planteado.
    5. Responder el 100% de las quejas y denuncias de la población en el término establecido.
    6. Implementar el mecanismo de monitoreo de las opiniones de la población al 20% de las personas atendidas en el sistema.

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