ZR Zona Residencial Periférica.
Caracterización.
Zona de uso residencial, existiendo predominio de viviendas individuales de 1 y 2 niveles; ocupando grandes parcelas con presencia de medio portal, portal corrido y jardines. Caracterizado por la agrupación lineal de viviendas a todo lo largo de las vías, con predominio de tipología arquitectónica V y VI
El abasto de agua es mediante la red de acueducto y los residuales se resuelven con fosas y letrinas, aunque existen dos fosas colectivas (en el barrio Las Casitas y otra en Paso Bonito).
La infraestructura técnica se basa en una red vial en regular y mal estado.
Regulaciones.
- Se prohíbe la construcción de viviendas en los afluentes del Río Cuabillal y Mogones, por ser áreas inundables del asentamiento en épocas de lluvias, respetando una franja de (7.50m) a ambos lados.
- No se admite construir en el radio de contaminación del cementerio (300m).
- Se prohíbe la utilización de materiales no duraderos en reparaciones y ampliaciones de viviendas, así como delimitación de parcelas.
- Se permite el crecimiento en altura hasta dos niveles.
- El coeficiente de ocupación del suelo (COS) será entre el 70 y 80 % de la parcela.
- El coeficiente de utilización del suelo (CUS) será el 1,4 y 1,6 % de la parcela.
- Se prohíbe eliminar el área de jardín en las nuevas construcciones.
- Los residuales se evacuarán a través de fosas mauras con disposición final a tanques sépticos o pozos absorbentes.
- Se permite la construcción de viviendas en los solares existentes, paralelos al eje de la vía y teniendo en cuenta la línea de fachada predominante. Estarán sujetos a un proyecto de urbanización.
- Las escaleras estarán retiradas hacia el interior de la fachada sin afectar el paso público ni las visuales del vecino colindante.
- Se prohíbe variar la faja de emplazamiento de la calle Máximo Gómez de 7.00m y aceras de 1.20m.
- No se permitirán modificar las secciones viales en caso de reparaciones de las vías.
- Las edificaciones con frente a una o más vías, deberán mantener su tipología arquitectónica en ambos sentidos.
- Mantener el uso privado de los portales, siendo dimensionados en conjunto con la edificación.
- Se admite la construcción de garajes siempre que estén aprobados por la DMPF, los mismos tendrán las puertas pivotantes que abran hacia arriba y a una altura mínima de 2.1 m del nivel de acera que permita de esta forma la libre circulación de los transeúntes.
- Los propietarios de solares o áreas vacías deberán mantener delimitadas y limpias de hierbas y escombros las mismas.